Como ya se sabe, la devolución IRPF, ha sufrido algunos cambios respecto a sus tasas, con respecto a los años anteriores, Veremos los cambios de los mínimos imponibles, así como la forma de realizar los diferentes trámites relacionados, como verificación sobre si se debe cobrar o no, o si existen devoluciones, etc.
¿Cómo se si tengo devolución del IRPF?
- Para poder estar enterado, de si se tiene o no saldo a cobrar por parte del IRPF, es decir, el impuesto sobre la renta de las personas físicas, se debe ingresar en la web de la Dirección General Impositiva.
- Para poder realizar la verificación, se deben ingresar datos en los campos en blancos que se presentaran en la página.
- En donde dice RUT se debe poner el número de documento de identidad o cédula, y llenar los caracteres que sobreponen la seguridad de la página.
También podes ver el video con el paso a paso:
Consultar la devolución del IRPF
Para las consultas las devoluciones del IRPF, se debe saber que se hacen anualmente, y estas se hacen respecto a la cantidad de retenciones de los salarios de los trabajadores que fueron percibidos en los 12 meses del año que se está transitando.
En diciembre se descubre, si el empleado, ha podido obtener retribuciones más altas y si la misma retención se realizó a una tasa más elevada, el jefe o empleador, debe realizar un ajuste, para así obtener un número final.
Desde allí, el trabajador tendrá todo el derecho de cobrar las otras retenciones a las cuales se les aplicará.
¿Qué se debe hacer?
- Identidad Digital: Se actualizó el término «clave» por «Identidad Digital», ya que es el mecanismo estándar requerido actualmente por la DGI para garantizar la seguridad del secreto tributario (incluye usuario de Gub.uy, Abitad, Antel o cédula con chip).
- Valor de la UI: Se actualizó el monto en pesos. Al 31 de diciembre de 2025 (fecha de cierre del ejercicio que se liquida en 2026), el valor de la Unidad Indexada se situó en 64.234.
- Bancarización: Se mantiene la instrucción de elegir un banco, ya que el depósito en cuenta bancaria es la modalidad recomendada para recibir el crédito de forma anticipada y segur
¿En qué lugar puedo cobrar?
Si en efecto, usted posee un saldo con el que pueda cobrar alguna devolución, es permitido acceder de manera directa, en los locales de red de pagos y Abitab, dando a mostrar la cédula de identidad, o el banco que se haya elegido por parte del usuario.
En caso de ser así, se debe tener una cuenta registrada en el mismo banco del que se vaya a hacer el cobro, para así poder recibir el débito de forma automática en la misma cuenta bancaria.
¿Quién puede realizar o hacer el dicho cobro?
Si el monto es menor a diez mil (10.000) unidades indexadas (UI), el titular puede ir a retirar el monto, si es un trabajador independiente deberá mostrar la tarjeta de RUC, o una constancia de inscripción.
Si existen casos de créditos relacionados, a declaraciones del núcleo de la familia, podrán reclamar el dinero cualquiera de los dos (2) conyugues presentando la cédula de identidad.
¿Quiénes deben presentar una declaración jurada?
- Trabajadores dependientes que hayan superado en el año los $963.510 pesos nominales y que hayan tenido más de un empleador o no hayan percibido ingresos en el mes de diciembre de 2025.
- Aquellos trabajadores que, aun no superando los $963.510 nominales, tuvieron ingresos de más de un empleador de forma simultánea y no presentaron el formulario 3100 ante sus agentes de retención.
- Quienes hayan optado por la reducción del 5% en los anticipos mediante el régimen de Núcleo Familiar.
- Trabajadores independientes, profesionales y no profesionales, que prestaron servicios personales fuera de la relación de dependencia y no tributaron el impuesto IRAE por esas rentas.
- Personas que obtuvieron rentas de capital (intereses, alquileres o incrementos patrimoniales)




