Restitución de menores, régimen de visitas y régimen de pensión alimenticia internacional

El tratamiento de los menores de edad que se encuentran en situación de vulnerabilidad es una prioridad para todos los Estados. La restitución oportuna de los menores a sus Estados de residencia habitual, la fijación de un Régimen Internacional de Visitas y la obtención de pensión alimenticia cuando se reclama a una persona radicada fuera de nuestro país, son algunos de los retos jurídicos a los que nos enfrentamos.

En este artículo, abordaremos los principales aspectos legales y prácticos involucrados en la restitución de menores a 16 años de edad que han sido indebidamente trasladados o retenidos ilícitamente en un Estado diferente al de su residencia habitual, así como en la fijación de ungimen Internacional de Visitas o la ejecución de uno existente, y en la obtención de pensión alimenticia cuando se reclama a una persona que está radicada fuera de nuestro país.

Este trámite permite:

  • Restituir a menores de 16 años que hayan sido trasladados o retenidos en un Estado distinto al de su residencia habitual de forma indebida.
  • Fijar un régimen de visitas internacionales o ejecutar uno existente para menores de 16 cuyo lugar de residencia sea otro Estado.
  • Obtener una pensión alimenticia cuando se reclama a una persona que esté radicada fuera del país.

¿Qué beneficios ofrece el trámite?

Los beneficios ofrecidos por el trámite son:

  • Recuperar a menores de 16 años de edad que hayan sido trasladados de forma indebida.
  • Establecer un régimen de visitas internacionales para los menores de 16 años.
  • Cobrar una pensión alimenticia de una persona que radica fuera del país.

¿Cómo realizar el trámite?

Por Internet

    • Haga clic en el botón «Iniciar trámite en línea»
    • Introduzca los datos solicitados y seleccione días, horarios y oficinas preferidas

    En persona

    • Agende previamente a través del botón «Iniciar trámite en línea»
    • Presente la documentación solicitada el día y hora programados en Reconquista 535, Piso 5.

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    ¿Dónde y cuándo se realiza?

    El trámite se puede realizar a través de internet o en persona. Si necesita ayuda con el agendamiento en línea, comuníquese con Atención al Usuario al teléfono 2915 0103 en el horario de 09:00 a 17:00 horas o por correo electrónico a atencionalusuario@mec.gub.uy.

    En conclusión, las personas afectadas por los traslados o retenciones ilegales de menores a 16 años de edad, tienen el derecho a recibir la reparación necesaria para mitigar los daños sufridos.

    A esto se le suma la posibilidad de establecer ungimen Internacional de Visitas o de ejecutar uno existente, además de la obtención de una pensión alimenticia cuando se reclama a una persona radicada fuera del país.

    Esto es una muestra más de la importancia de respetar los derechos humanos, especialmente en casos como este, en los que se ven vulnerados los derechos de los niños.